El término incapacidad puede referirse a:
Tradicionalmente la disciplina del derecho del trabajo se entiende formada por las siguientes partes:
Derecho individual del trabajo: trata de las relaciones que emanan del contrato individual de trabajo entre un trabajador y su empleador.
Derecho colectivo del trabajo: se refiere a las regulaciones de las relaciones entre grupos de sujetos en su consideración colectiva, del derecho del trabajo (sindicatos, organizaciones de empleadores, coaliciones,n 1 negociación colectiva, participación del Estado con fines de tutela).
Derecho de seguridad social: se refiere a la protección de los trabajadores, principal (pero no exclusivamente) económica, ante los riesgos de enfermedad, accidentes, vejez, cesantía, etcétera.
Derecho procesal laboral.
El término incapacidad puede referirse a:
La "falta de capacidad para hacer, recibir o aprender algo; o de entendimiento o inteligencia; o la falta de preparación, o de medios para realizar un acto."
Incapacidad física es la pérdida parcial o total de la capacidad innata de un individuo, ya sea por causas relacionadas con enfermedades congénitas o adquiridas, o por lesiones que determinan una merma en las capacidades de la persona, especialmente en lo referente a la anatomía y la función de un órgano, miembro o sentido.
Incapacidad jurídica es la carencia de la aptitud para la realización del ejercicio de derechos o para adquirirlos por sí mismo.
.
Incapacidad mental, cuando se encuentra alterado el razonamiento, el comportamiento, la facultad de reconocer la realidad o de adaptarse a las condiciones de la vida.
Incapacidad temporal o baja laboral, es la situación de un trabajador cuando por causa de una enfermedad común o profesional, o por un accidente está temporalmente incapacitado para trabajar por indicación médica, y precisa asistencia sanitaria.
Usted puede ser susceptible de una incapacidad permanente total, es decir, no puede continuar realizando las tareas fundamentales de su trabajo habitual, o de una incapacidad permanente parcial, que está limitado para algunas de estas tareas fundamentales o una incapacidad permanente absoluta, que no puede realizar ningún tipo de trabajo debido a que ha sufrido un accidente de trabajo o una enfermedad profesional o por padecimiento de una enfermedad común.
Puede que a usted le hayan dado el alta sin estar preparado para incorporarse al trabajo por no estar completamente curado, en este caso puede solicitar una impugnación del alta.
Puede que haya pasado el tribunal médico y le hayan denegado la incapacidad o esté en desacuerdo con la calificación obtenida, pudiendo, en este caso, recurrir al INSS en los siguientes 30 días hábiles.
Nosotros estudiamos su caso, tras la exploración y el estudio de toda la documentación aportada, valorando las secuelas y como estas, le limitan en relación con su puesto de trabajo.
Nuestro equipo de especialistas le asesora y le evalúa si tiene una incapacidad y el grado de la misma mediante la emisión del Informe Médico Pericial y su posterior ratificación en juicio, en caso de ser necesaria.
¿Qué es una minusvalía?:
Es aquella condición bajo la cual ciertas personas presentan alguna deficiencia física, mental, intelectual o sensorial que a largo plazo afectan la forma de interactuar y participar plenamente en la sociedad.
Puede que usted no este de acuerdo con el grado de discapacidad otorgado por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, o con que no le hayan hecho todas las valoraciones patologías funcionales y psicológicas que padece.
Nuestro equipo médico de expertos en valoración del daño corporal, hacemos la exploración y estudio de su caso, valoramos las secuelas y como estas le limitan para su trabajo y su vida cotidiana, con el fin de demostrar un mayor grado de discapacidad. Primero realizamos un pre-informe de viabilidad y si el caso procede pasamos a realizar el consiguiente Informe Médico Pericial y su posterior ratificación en Sede Judicial de acuerdo con el baremo establecido en el Real Decreto 1971/1999: Procedimiento para el Reconocimiento, Declaración y Calificación del Grado de Minusvalía.
Mobbing, en el contexto de los seres humanos, denota a la intimidación, el acoso, el hostigamiento y la persecución ejercida sobre un individuo por otro, o por un grupo, en cualquier contexto.
¿Qué es el mobbing, acoso laboral o acoso psicológico?
El acoso laboral o acoso moral en el trabajo, conocido comúnmente a través del término inglés mobbing: ‘asediar’, ‘acosar’, ‘acorralar en grupo’, es tanto la acción de un hostigador u hostigadores conducente a producir miedo , terror , desprecio o desánimo en el trabajador afectado hacia su trabajo, como el efecto o la enfermedad que produce en el trabajador. Esta persona o grupo de personas reciben una violencia psicológica injustificada a través de actos negativos y hostiles dentro o fuera del trabajo por parte de grupos sociales externos, de sus compañeros ("acoso horizontal", entre iguales), de sus subalternos (en sentido vertical ascendente) o de sus superiores (en sentido vertical descendente, también llamado bossing, del inglés boss, jefe).
Dicha violencia psicológica se produce de forma sistemática y recurrente durante un tiempo prolongado, a lo largo de semanas, meses e incluso años, y a la misma en ocasiones se añaden "accidentes fortuitos" y hasta agresiones físicas, en los casos más graves. Una situación de acoso muy prolongada en el tiempo, además de enfermedades o problemas psicológicos, puede desembocar, en situaciones extremas, en el suicidio de la víctima.
Un accidente de trabajo es el que sucede al trabajador durante su jornada laboral o bien en el trayecto al trabajo o desde el trabajo a su casa. En este último caso el accidente recibe el nombre de in itinere.
¿Ha sido usted víctima de algún accidente en su trabajo por falta de medidas de seguridad? ¿La labor profesional que desempeña le ha causado algún daño o lesión? ¿Ha sufrido algún accidente mientras iba de camino o de vuelta al trabajo (accidente in itinere)? ¿Ha tenido algún accidente fuera de su centro por viaje de trabajo?
Nuestros expertos en valoración del daño corporal, emitiremos un estudio de viabilidad, tras la realización de una exploración exhaustiva junto con el estudio de la documentación médica aportada, y la realización de las pruebas pertinentes, valorando los resultados para poder demostrar que su lesión, accidente, se ha producido de camino a o en el propio lugar de trabajo, así como debido al desempeño de su labor profesional. En este tipo de contingencias, accidente de trabajo o accidente laboral, se realizará el Informe Médico Pericial que le permitirá ratificar el nexo de causalidad. Y en caso necesario, nuestra asistencia para su defensa en el Juicio.
Tipos de accidentes laborales;
• El denominado "accidente in itinere", aquel que sufre el trabajador durante el trayecto de ida y vuelta al centro de trabajo.
• El accidente en misión, siendo definido como el sufrido por el trabajador en el trayecto que deba realizar para cumplir dicha misión, así como el acontecido en el desempeño de la misma dentro de la jornada laboral.
.
• El accidente sufrido durante la realización de tareas, que aun siendo distintas de su categoría profesional, ejecute el trabajador en cumplimiento de las órdenes del empresario.
• La enfermedad común que contraiga el trabajador con motivo de la realización de su trabajo, no incluidas en la lista de causas de enfermedad profesional.
¿Qué es la enfermedad profesional?
Se denomina enfermedad profesional a aquella enfermedad adquirida en el puesto de trabajo de un trabajador por cuenta ajena. Dicha enfermedad está declarada como tal por la ley o el resto del Derecho. Son ejemplos la neumoconiosis, la alveolitis alérgica, la lumbalgia, el síndrome del túnel carpiano, la exposición profesional a gérmenes patógenos y diversos tipos de cáncer, entre otras.
Según el Art. 116 de la Ley General de Seguridad Social la Enfermedad Profesional se define como: "la contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades que se especifiquen en el cuadro que se apruebe por las disposiciones de aplicación y desarrollo de esta Ley, y que esta proceda por la acción de elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional".
Que el trabajo se haga "por cuenta ajena".
Que sea a consecuencia de las actividades que se especifiquen en el cuadro de enfermedades profesionales.
Nuestro equipo de expertos en valoración del daño corporal nos encargaremos de demostrar el modo en cómo su trabajo está afectando a su salud.
¿Qué es el estrés?
El estrés es una reacción fisiológica del organismo en el que entran en juego diversos mecanismos de defensa para afrontar una situación que se percibe como amenazante o de demanda incrementada.
El estrés laboral o estrés en el trabajo es un tipo de estrés propio de las sociedades industrializadas, en las que la creciente presión en el entorno laboral puede provocar la saturación física o mental del trabajador, generando diversas consecuencias que no sólo afectan a su salud, sino también a la de su entorno más próximo.
.
El estrés laboral aparece cuando las exigencias del entorno superan la capacidad del individuo para hacerlas frente o mantenerlas bajo control, y puede manifestarse de diversas formas. Algunos de sus síntomas más frecuentes van desde la irritabilidad a la depresión, y por lo general están acompañados de agotamiento físico y/o mental.
Si usted se siente identificado con estos síntomas usted padece estrés laboral. Y por ello puede causarle una baja laboral, e inclusive una situación de incapacidad.
Nosotros expertos en valoración del daño corporal, emitiremos un estudio de viabilidad, tras la realización de una exploración exhaustiva junto con la documentación médica aportada, y la realización de las pruebas psicológicas, valorando las secuelas que presenta a fin de demostrar el origen de las mismas.
Basándonos en las consecuencias tanto físicas como psicológicas que conlleva el estrés laboral
¿Qué es el burnout o síndrome del quemado? ESTRESS LABORAL
El síndrome de burnout es un padecimiento que a grandes rasgos consistiría en la presencia de una respuesta prolongada de estrés en el organismo ante los factores estresantes emocionales e interpersonales que se presentan en el trabajo, que incluye fatiga crónica, ineficacia y negación de lo ocurrido
Es un trastorno emocional provocado por el trabajo y conlleva graves consecuencias físicas y psicológicas cuando el fenómeno se somatiza. La ansiedad o la depresión y dan origen a numerosas bajas laborales.
A veces se puede experimentar astenia y agitación al mismo tiempo (tics nerviosos, temblor de manos); palpitaciones; taquicardia y pinchazos en el pecho; aumento de la tensión arterial; dolores musculares, sobre todo en la zona lumbar; cefaleas; problemas digestivos; trastornos del sueño e inapetencia sexual.
¿Cómo aparece el burnout o síndrome del quemado?
Por lo regular es un proceso largo que en diversos casos consta de 5 períodos:
Alto interés e implicación con un nuevo trabajo.
El profesional se siente incapaz por los objetivos no cumplidos y se vuelve ineficaz.
Frustración y fácil irritabilidad, se siente desmotivado.
El trabajador siente apatía al no lograr la realización de más tareas, creándose una distanciación de la actividad laboral.
La ultima fase, "Burn Out", el profesional se siente "quemado" al conllevar una vida laboral de insatisfacción y frustración o tener que cambiar de trabajo.
El sentimiento de impotencia, de falta de ayuda, la presencia de actitudes negativas, la pérdida de autoestima le indica a usted que esta padeciendo el síndrome de burnout o síndrome del quemado
Nosotros, especialistas en valoración del daño corporal nos encargamos de estudiar la documentación presentada así como la evaluación de los cuestionarios básicos de este sindrome y de la realización de una exploración suficiente para una valoración inicial orientativa.
Doctor Alberto Lajo Rivera
C./serrano, 205 1º A , 28016 - Madrid (España)
+34 91 4576845, +34 914576845
+34 912207003
+34 609847069
SIGUENOS EN